OBJETIVO

Realizar trámite de devolución de dineros por todo concepto en los términos establecidos, a fin de dar cumplimiento a la solicitud y de esta manera satisfacer las expectativas de los clientes.


En el Reglamento Estudiantil se encuentran las diferentes situaciones, para efecto de devolución de matrículas, entre ellas:

El estudiante puede retirar su matrícula del semestre que cursa ante Secretaría General, antes o después del inicio de las labores académicas del período correspondiente, y tendrá derecho al reembolso de los derechos económicos en las siguientes proporciones:

  1. Cuando la solicitud se presente antes de haberse iniciado las clases, en el Programa al cual este aspira a vincularse, se reembolsará el 98% del valor de la matrícula.
  2. Cuando la solicitud se presente dentro de los treinta (30) días calendario, después de haberse iniciado las clases en el programa que este cursando, se reembolsará el 74% del valor de la matrícula.
  3. Posterior a los plazos antes indicados no existirá reembolso.

Para efectos del pago de matrícula administrativa, cuando concurran diversas modalidades de pago, se procederá así, previa autorización de la Departamento de Facturación Cartera:

  1. Siempre se acogerá con prelación, los derechos académicos cancelados en dinero efectivo. Si concurren dos pagos en dinero efectivo, se acogerá el primer pago.
  2. Si concurren en el pago de los derechos académicos, uno en efectivo y otro por intermedio de autorización que contenga otorgamiento de crédito, tendrá prelación los cancelados en dinero efectivos.
  3. Si concurren los pagos de derechos académicos en la modalidad de créditos concedidos por entidades financieras o crediticias, se atenderá el ordenado por la Rectoría.
  4. El pago en efectivo o por medio de alguna entidad financiera que se presente en segunda instancia se reintegrara al girador de él.